Requisitos para obtener el visado de residencia
¿Quién puede conseguir la Golden Visa? ¿Cuáles son los requisitos generales para la solicitud? ¿Qué se entiende por inversión significativa de capital? ¿Puede realizarse la inversión a través de una persona jurídica? ¿Afecta que el solicitante esté casado en régimen de gananciales? ¿Cómo se acredita la inversión?
¿Quién puede conseguir la Golden Visa?
La concesión del visado de residencia para inversores constituye título suficiente para residir y trabajar en España durante su vigencia. Los extranjeros no residentes podrán solicitarla, previo cumplimiento de los requisitos que señalaremos a continuación.
¿Cuáles son los requisitos generales para la solicitud de la Golden Visa?
El visado de residencia para inversores no se aplica a ciudadanos comunitarios. Tampoco a los nacionales de países con los que España tenga firmado un convenio en este sentido.
El solicitante debe ser mayor de 18 años y no encontrarse irregularmente en territorio español. No podrá figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en este sentido.
Deberá carecer de antecedentes penales en España, así como en los países donde haya residido en los últimos cinco años, por delitos previstos en nuestro ordenamiento jurídico.
Deberá contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
El solicitante debe contar con los medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia durante su residencia en España.
Por último, es necesario que abone la tasa por la tramitación del visado.
¿Qué se entiende por inversión significativa de capital?
La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, define este concepto. Se entenderá como inversión significativa de capital aquella que cumpla alguno de los supuestos que indicamos a continuación:
- Una inversión inicial por un valor igual o superior a:
- Dos millones de euros en títulos de deuda pública española.
- Un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas. Es necesario que dicha sociedad desarrolle una actividad real de negocio.
- Un millón de euros en fondos de inversión, fondos de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España. Dichos fondos deben encontrarse incluidos dentro del ámbito de aplicación de la normativa que los regula.
- Un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
- La adquisición de bienes inmuebles en España. El valor de la inversión debe ser igual o superior a quinientos mil euros por cada solicitante.
- Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España. El proyecto debe ser considerado y acreditado como de interés general. Para considerar que el proyecto empresarial es de interés general, se valorará el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:
- Creación de puestos de trabajo.
- Realización de inversión con impacto socioeconómico relevante en el ámbito geográfico donde se vaya a desarrollar la actividad.
- Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
¿Puede realizarse la inversión a través de una persona jurídica?
La inversión puede llevarse a cabo por una persona física o jurídica. No obstante, si se realiza por una persona jurídica deben cumplirse dos requisitos.
Por un lado, la persona jurídica debe estar domiciliada en un territorio que no tenga la consideración de paraíso fiscal. Por otro lado, el solicitante debe poseer la mayoría de los derechos de voto, ya sea de manera directa o indirecta. Además, debe ostentar la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración.
¿Afecta que el solicitante de la Golden Visa esté casado en régimen de gananciales?
En este caso, la cuantía debe ascender, al menos, al doble de los umbrales indicados en el apartado anterior. En caso contrario, se entenderá que ha sido efectuada por uno de los cónyuges.
¿Cómo se acredita la inversión?
El solicitante deberá realizar la inversión en un periodo no superior a un año a la presentación de la solicitud del visado. Dependiendo del supuesto en el que nos encontremos, la inversión se acreditará:
- Inversión en participaciones sociales o acciones no cotizadas: mediante el ejemplar de la declaración de inversión realizada en el Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad.
- Inversión en acciones cotizadas: mediante un certificado del intermediario financiero en el que conste la inversión.
- Inversión en deuda pública: mediante un certificado de la entidad financiera o del Banco de España.
- Fondos de inversión: mediante certificado de la sociedad gestora del fondo.
- Inversión en depósito bancario: mediante un certificado de la entidad financiera.
- Para el caso de la adquisición de bienes inmuebles, el solicitante deberá acreditar su titularidad libre de cargas y gravámenes. Podrá acreditarlo mediante certificación de dominio y cargas del Registro de la Propiedad o mediante la escritura pública correspondiente.
- En caso de proyecto empresarial, se deberá presentar un informe favorable para constatar que en el proyecto concurren razones de interés general. El informe procederá de la Oficina Económica y Comercial del ámbito de demarcación geográfica donde el inversor presente la solicitud del visado.