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Trámites para la obtención de la Golden Visa

¿Cuáles son los trámites para la obtención de la Golden Visa? ¿Puede tramitarse en el país de origen la Golden Visa? ¿Debe realizarse algún trámite en España? ¿Qué documentos deben presentarse para la obtención de la Golden Visa? ¿Es posible tramitar la solicitud mediante representante? ¿Cuáles son los plazos de resolución para la concesión del visado?

La concesión de la Golden Visa requiere la presentación de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable; la Ley 4/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización para su obtención. Esta documentación debe presentarse ante la autoridad competente; la cual varía en función de que el solicitante, ya sea o no residente en España.

Documentación a presentar para obtener la Golden Visa

Junto con el formulario de solicitud debe presentarse la siguiente documentación:

  1. Pasaporte en vigor o título de viaje reconocido como válido en España, con una vigencia mínima de un año.
  2. Fotografía carnet reciente.
  3. Permiso de residencia en el estado de solicitud, únicamente si no es nacional del mismo.
  4. Seguro de salud concertado con una compañía aseguradora que esté facultada para operar en España. El seguro debe permanecer vigente durante todo el tiempo que dure la concesión del visado. Asimismo, debe mantenerse en la solicitud de la renovación y durante toda su vigencia. A estos efectos, no se admiten los seguros de viaje.
  5. Certificado de antecedentes penales (únicamente mayores de 18 años). Debe ser expedido por el país/es en el/los que el solicitante haya residido en los últimos cinco años. Debe tener una antigüedad inferior a tres meses.
  6. Justificación de disponibilidad de recursos económicos propios para residir en España. La acreditación se realizará mediante la presentación de la documentación que permita verificar uno de los siguientes:
    • La percepción de ingresos periódicos y suficientes.
    • La tenencia de un patrimonio que garantice dicha percepción de ingresos.
  7. Justificante del abono de las tasas correspondientes.
  8. Documentación que acredite la realización de la inversión:
    • Visado de residencia por adquisición de inmuebles en España:
      • Certificación con información continuada de dominio y cargas del Registro de la Propiedad. Escritura de compraventa o título de adquisición.
      • Si está en trámite de inscripción en el registro: certificación en la que conste la presentación en el Registro de la Propiedad junto con el pago de los tributos correspondientes.
      • En caso de que aún no sea titular del inmueble: precontrato y certificación bancaria que acredite que el solicitante dispone de depósito bancario por la cuantía requerida.
    • Visado de residencia para inversores de capital:
      • Inversión en acciones no cotizadas o participaciones sociales: declaración de inversión presentado ante el Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía.
      • Inversión en acciones cotizadas: certificado del intermediario financiero (debidamente registrado) en el que conste la inversión.
      • Inversión en deuda pública: certificado de la entidad financiera o del Banco de España.
      • Fondos de inversión o fondos de capital riesgo: certificado de la sociedad gestora del fondo.
      • Inversión en depósito bancario: certificado de la entidad financiera.
    • Visado de residencia para inversores con proyecto empresarial y para emprendedores:
      • Inversores: informe favorable de la Oficina Económica Comercial que detalle la concurrencia de razones de interés general.
      • Emprendedores: informe favorable de la Oficina Económica y Comercial que acredite el carácter innovador con especial interés económico para España.

Toda la documentación a presentar deberá ser, en su caso, traducida al español mediante un traductor-intérprete jurado debidamente registrado en España.

Todos los documentos oficiales deberán estar legalizados a través de su representación consular o con la Apostilla de la Haya; si el país donde fueron emitidos forma parte de la Convención de la Haya, de 5 de octubre de 1961 (excepto documentos que hayan sido emitidos por un estado miembro de la Unión Europea, que no requieren legalización).

La Apostilla de la Haya no requiere ser traducida al español si está emitida en español.

Presentación de la documentación para la Golden Visa mediante representante

Es posible presentar la solicitud mediante representante, pero éste debe estar acreditado mediante autorización notarial; es decir, requiere un otorgamiento de poderes al efecto mediante escritura notarial.

Los menores e incapaces presentarán sus solicitudes mediante sus progenitores o tutores legales.

Mediando causa justificada, puede requerirse la comparecencia personal del interesado.

Plazo de solicitud de la documentación para obtener la Golden Visa

Debe presentarse hasta 90 días antes de la fecha de entrada deseada en España.

Lugar de presentación de la solicitud de Golden Visa

La solicitud de Golden Visa puede presentarse dentro o fuera de España.

Presentación de la solicitud de Golden Visa fuera de España

Los visados son expedidos por las misiones diplomáticas y oficinas consulares de España en el exterior del país de procedencia del solicitante. Se requiere cita previa para la presentación de la solicitud de la concesión de la Golden Visa.

Debe acreditarse que la residencia del solicitante se encuentra en la demarcación de la misión diplomática u oficina consular ante la que se presenta. A tales efectos se exigirá la presentación de un justificante de residencia (extractos bancarios con la dirección del solicitante, certificados de impuestos, recibos de agua, luz o similares, etc.).

Los plazos con que cuentan las autoridades competentes para resolver sobre su concesión son los siguientes:

  • Diez (10) días hábiles para la resolución y notificación de las solicitudes de la Golden Visa.
  • Quince (15) días en aquellos supuestos en los que los solicitantes estén sometidos a consulta; derecho de los Estados Miembros de la UE a requerir a las autoridades centrales de otros estados miembros para que consulten a sus autoridades centrales:
    • Por nacionales de determinados terceros países.
    • O por categorías específicas de estos nacionales.

Presentación de la solicitud de Golden Visa en España

Están legitimados para presentar esta solicitud:

  • Aquellos que ya sean titulares de la Golden Visa (para su renovación).
  • Aquellos que residan legalmente en España en virtud de otro tipo de autorización.

De la tramitación se encarga la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE); sin embargo, la concesión es competencia de la Dirección General de Migraciones. Se requiere cita previa para la presentación de la solicitud o renovación de concesión de la Golden Visa.

El plazo máximo de resolución es de veinte días desde la presentación de la solicitud, trascurridos los cuales se entenderá concedida por silencio positivo. Estas resoluciones deberán ser motivadas y serán, en cualquier caso, susceptibles de recurso de alzada.

La mera presentación de la solicitud prórroga automáticamente la estancia o la residencia en España de la que disponga el solicitante; hasta la fecha en la que se dicte la resolución sobre la concesión del visado.

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